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Actas último pleno

Actas último pleno

PLENO ORDINARIO DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA CELEBRADO EL DÍA  30 DE ENERO DE 2013.

 

En la villa de Banyeres de Mariola, siendo las veinte horas del día 30 de enero de 2013, se reúnen previa convocatoria las señoras y señores que a continuación se citan, bajo la presidencia del Sr. Alcalde-Presidente, D. Antonio Belda Valero, asistido por mí el Secretario D. Jordi Alfred Francés Conejero, dispuestos a celebrar Sesión Ordinaria de la Corporación Municipal.

 

ASISTENTES:

Alcalde Presidente,

D. Antonio Belda Valero

Primer Teniente Alcalde,

D. Vicente Terol Figuérez

Segundo Teniente Alcalde,

D. Ramón Albero Belda

Tercer Teniente Alcalde,

D. Jorge Antonio Payá Molina

Cuarta Teniente Alcalde,

Dª. Mª José Francés García

Concejales:

Dª. Mª Jesús Montava Ferre

D. Jorge Molina Benítez

Dª. Mª Ángeles Domenech Ribera

D. Antonio Manuel Martínez Sempere

D. Fernando Sempere Huertas

Dª. Conchi Garrido Sempere

Dª. Sonia Beneyto Ferre

D. Juan Manuel Conejero Vañó

 

Secretario, D. Jordi Alfred Francés Conejero

 

ORDEN DEL DIA:

1)       Aprobación acta de la sesión anterior de 28/11/2012

2)       Seguimiento y control de los otros órganos de la Corporación

3)       Derogación ordenanza telefonía móvil

4)       Permuta de parcela municipal

5)       Aprobación del concurso para la selección de Urbanizador para el programa de desarrollo y ejecución del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución IV de suelo urbano de uso industrial de las NNSS de Banyeres de Mariola

6)       Moción del Grupo Municipal Socialista para  la prórroga del Plan Prepara

7)       Moción de Grupo Municipal Bloc-Compromís sobre la seguridad en los centros escolares

8)       Despachos extraordinarios

9)       Ruegos y preguntas

 

En sesión pública y previa convocatoria al efecto se reúnen los Sres./Sras. indicados, todos ellos integrantes del Ayuntamiento Pleno.

 

Por el Sr. Alcalde se declara abierta la sesión.

 

 

1)       Aprobación acta de la sesión  anterior de 28/11//2012

 

El Sr. Alcalde pregunta si hay alguna observación a las actas anteriores.

El Sr. Fernando Sempere Huertas, Portavoz del Grupo Municipal Socialista, indica que en la página 209, en el segundo párrafo de la parte de valenciano, hacia el final donde dice que durante el primer periodo se hayan “presentar” debería decir “presentat”.

Y en la página 210, en el primer párrafo de la parte de valenciano, dice las soluciones que se necesiten para la “fectivitat” y debería decir “efectivitat”. En la 221 en la parte de valenciano, casi al final, antes de hablar yo, dice “costera a a baix” y debería decir “costera a baix”.

Con estas modificaciones se aprueba por unanimidad el acta de la sesión anterior de 28/11/2012.

 

2)       Seguimiento y control de los otros órganos de la Corporación

 

Fecha              Descripción

14/11/2012            Resolución asignación sepultura, autorización inhumación en sepultura

19/11/2012            Resolución  autorización inhumación, exhumación y reinhumación inmediata en sepultura

23/11/2012            Convocatoria Pleno ordinario 28/11/2012

23/11/2012            Decreto incoación procedimiento sancionador en materia de tráfico

30/11/2012            Decreto incoación procedimiento sancionador en materia de tráfico

04/12/2012            Resolución declarar la caducidad inscripción Padrón Municipal

04/12/2012            Resolución declarar la caducidad inscripción Padrón Municipal

04/12/2012            Resolución declarar la caducidad inscripción Padrón Municipal

07/12/2012            Decreto incoación procedimiento sancionador en materia de tráfico

07/12/2012            Decreto resolución de la sanción por cobro en materia de tráfico

07/12/2012            Resolución  autorización inhumación, exhumación y reinhumación inmediata en sepultura

12/12/2012            Resolución  autorización inhumación, con lápida doble instalada en panteón

14/12/2012            Decreto incoación procedimiento sancionador en materia de tráfico

14/12/2012            Resolución  autorización inhumación, exhumación y reinhumación inmediata en sepultura

17/12/2012            Resolución  autorización asignación de sepultura, inhumación,  sepultura

17/12/2012            Resolución  autorización asignación de sepultura, inhumación,  sepultura

18/12/2012            Resolución  autorización asignación de sepultura, inhumación,  sepultura

20/12/2012            Resolución  autorización asignación de sepultura, inhumación, sepultura

21/12/2012            Decreto desestimar recurso de reposición en materia de tráfico

27/12/2012            Resolución  autorización inhumación, exhumación y reinhumación inmediata en sepultura

27/12/2012            Decreto paralización obra

28/12/2012            Decreto incoación procedimiento sancionador en materia de tráfico

28/12/2012            Resolución  autorización asignación de sepultura, inhumación,  sepultura

04/01/2013            Decreto Resolución de la Sanción por Cobro en Materia de Tráfico

11/01/2013            Decreto Incoación Procedimiento Sancionador en Materia de Tráfico

10/01/2013            Resolución  autorización inhumación y exhumación - reinhumación INMEDIATA -

17/01/2013            Resolución  autorización inhumación

 

El Sr. Alcalde quiere comentar varias cosas sobre los trabajos que están realizando.

 

·      Continúan los trabajos para la puesta en marcha de la emisora de radio local.

·      Las obras de construcción de 252 nichos y 62 columbarios ya han comenzado y está previsto que duren cinco meses. Estas obras están dentro del Plan de Obras y Servicios de la Diputación.

·      En breve se iniciarán las obras de la tercera pista de pádel una vez se hayan tramitado y aprobado las permutas de las parcelas.

·      En cuanto a la actuación hidráulica en el camino Sifons las obras están muy avanzadas. Seguramente en cuatro o cinco días se acabarán. Se han hecho con una subvención del Área de Ciclo Hídrico de la Diputación. El importe del proyecto es de 46.659 euros y la subvención es de 36.152.

 

3)       Derogación ordenanza telefonía móvil

 

DICTAMEN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS Y HACIENDA ADOPTADO EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 24 DE ENERO DE 2013

 

Visto el acuerdo del Pleno de la Corporación de 29 de septiembre de 2009, de aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de las empresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefonía móvil.

 

Visto el escrito con número de registro de entrada 2012002926, de SUMA GESTIÓN TRIBUTARÍA, en el que solicitan se proceda a la derogación de la citada ordenanza, después de varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

 

Visto el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como la competencia atribuida al Pleno Municipal en virtud del artículo 22.2.d) de la misma.

 

Vista la propuesta de la presidencia, la Comisión especial de cuentas y hacienda por cuatro votos a favor, correspondientes a Ramón Albero Belda, Vicente Terol Figuérez, Jorge Antonio Payá Molina y Mª José Francés García del Grupo Municipal Popular; y dos abstenciones, correspondientes a Fernando Sempere Huertas del Grupo Municipal Socialista; y Juan Manuel Conejero Vañó del Grupo Municipal Bloc-Compromís, dictamina favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo al Pleno de la Corporación:

 

PRIMERO.- Anular, revocar y dejar sin efecto la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local, a favor de las empresas explotadoras o prestadoras del servicio de telefonía móvil, publicada al BOP núm. 196, de 15/10/2009, declarando expresamente que esta ordenanza queda excluida de toda aplicabilidad pasada o futura.

 

SEGUNDO.- Acordar la exposición al público y audiencia a los interesados durante treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.

 

TERCERO.-  En el caso de no producirse reclamaciones en el período de exposición pública, aprobar definitivamente la derogación de la presente ordenanza, de acuerdo con lo que dispone el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de  Haciendas Locales.

 

CUARTO.- La derogación operada entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con los efectos que se expresan en el apartado primero.

 

QUINTO.- Poner este acuerdo en conocimiento de la Sala del contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana con motivo de los recursos interpuestos al respeto, y en su caso al Tribunal Supremo con motivo de los correlativos recursos de casación.

 

SEXTO.- Dar traslado a la representación y defensa en juicio de este Ayuntamiento en los indicados procedimientos para su traslado a los órganos judiciales en los trámites procesales oportunos.

 

No obstante, el Pleno decidirá lo que estime oportuno.

Banyeres de Mariola, 17 de enero de 2013

El presidente

Ramón Albero Belda

 

            Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Ramón Albero Belda, expresando que esta Ordenanza fue aprobada provisionalmente en el pleno de este Ayuntamiento del 28 de julio de 2009, y definitivamente en el pleno del 29 de septiembre de ese mismo año, siguiendo las recomendaciones de la Federación Española de Municipios y Provincias, y también de SUMA Gestión Tributaria.

El objeto tributario de esta ordenanza es la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local que las operadoras de telecomunicaciones obtienen por las antenas y el resto de instalaciones que disponen en Banyeres para ofrecer el servicio de telefonía móvil, ya que las operadoras para ofrecer el servicio de telefonía móvil, entre teléfonos móviles y entre móviles y fijos, requieren de esas antenas, reemisores y otras instalaciones.

En los últimos años, con el auge de la telefonía móvil, todos los ayuntamientos hemos visto descender la recaudación por la tasa que grava el uso del dominio público por la utilización que hacen las compañías de telefonía fija, ya que el uso del teléfono móvil supera al fijo.

Por ello, el año 2005 los ayuntamientos de algunas grandes ciudades empezaron a aplicar una tasa sobre la telefonía móvil, lo que originó una controversia jurídica que tuvo su colofón con la Sentencia del Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2009.

Esta sentencia confirmaba la legalidad de la Ordenanza Fiscal, en este caso del Ayuntamiento de Badalona, por la que se imponía una tasa por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local a las empresas operadoras de telefonía móvil.

Los artículos 15, 20 al 27 y 57 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, sustentaban la implantación de esta tasa.

Por tanto, no solo se aprobó esta ordenanza por recomendación de la FEMP como hemos dicho, sino también basándonos en varias sentencias que eran favorables a la implantación de esta tasa, como la indicada del Tribunal Supremo del 16 de febrero de 2009, que daba apoyo jurídico a la aplicación de esta ordenanza, tanto con relación a la utilización del dominio público, como por lo que respecta a las fórmulas de cálculo de esta tasa.

Posteriormente diversos Tribunales Superiores de Justicia se pronunciaron admitiendo la conformidad a Derecho de estas tasas.

Entre otros, los de la Comunitat Valenciana, Cataluña, Navarra y La Rioja.

Por el hecho de que estas ordenanzas se aprobaron en la mayoría de ciudades y poblaciones, motivó que las compañías de telecomunicaciones iniciaran varios procedimientos judiciales en contra de estas ordenanzas.

Estos procedimientos judiciales culminaron con varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, como la del 12 de julio de 2012, en la que indican que estas ordenanzas suponen una vulneración de la Directiva Comunitaria 2002/20/CE sobre la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas,  por lo que este Tribunal se opone que se aplique un canon o tasa a los operadores de telefonía móvil que no sean propietarios de antenas, instalaciones o redes que se utilicen para prestar sus servicios.

La Directiva comunitaria antes mencionada en el artículo 13 se opone a la aplicación de un canon por derechos de instalación de recursos en una propiedad pública o privada, por encima o por debajo de la misma, a los operadores que, sin ser propietarios de dichos recursos, los utilicen para prestar servicios de telefonía móvil.

A la vista de esta sentencia del TSJ de la Unión Europea, el Tribunal Supremo en recientes sentencias del 10 y del 15 de octubre de 2012 modificó su criterio inicial, y ha anulado ordenanzas semejantes a las que aprobamos en Banyeres, indicando que solo se podrán cobrar tasas a los operadores de redes de telecomunicaciones que sean titulares de instalaciones, pero no a los operadores interconectados o con derechos de  acceso que se limiten a usar las instalaciones de otras empresas para prestar sus servicios, por considerar el Tribunal que debe prevalecer el desarrollo de servicios innovadores, y que no se debe obstaculizar la competencia en telecomunicaciones.

Aunque queremos dejar patente nuestro desacuerdo con estas últimas resoluciones, porque entendemos que las resoluciones de este tribunal europeo van en detrimento de los ingresos municipales por utilización privativa del dominio público local, consideramos que debemos proceder a anular esta ordenanza.

El Grupo Municipal Popular votará a favor de la derogación de esta ordenanza.

 

        

            Toma la palabra la Portavoz del Grupo Municipal Bloc-Compromís, Sra. Sonia Beneyto Ferre, diciendo que Suma Gestión Tributaria tras la sentencia del Tribunal Supremo de 16 de febrero de 2009, decidió adherirse a la iniciativa de la FEMP de recomendar a todos los ayuntamientos la elaboración de ordenanzas fiscales sobre la utilización del dominio público local por parte de las operadoras de telefonía móvil. Poco después, el 1 de diciembre, el Tribunal Superior de Justicia del País Valenciano, se pronuncia admitiendo su conformidad. No es así en el caso del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, exponiendo la posible vulneración de la Directiva comunitaria 2002/20/CE, sobre la utilización de servicios de comunicaciones electrónicas  y oponiéndose a la aplicación del canon a los operadores. Hay que decir que nosotros estamos a favor de que la utilización de la comunicación sea sin fronteras pero que las compañías privadas de telefonía móvil pretendan utilizar suelo público sin coste alguno, presentando impugnaciones a la ordenanza reguladora de la tasa municipal no nos parece correcto. En esta ocasión si que quieren ustedes hacer caso de las sentencias de la Unión Europea y cuando esta misma sentencia en contra de ellas en el tema de sus tarifas elevadas hacen caso omiso, por lo tanto no estando de acuerdo con la derogación de esta ordenanza pero sí acatando la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, nuestro voto será de abstención.

 

            Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Fernando Sempere Huertas,  indicando que en su momento esta ordenanza auspiciada por la Federación Española de Municipios y Provincias y por SUMA como organismo de gestión tributaria, la proponen como una tasa conveniente de cara a incrementar los ingresos del Ayuntamiento. Se aprobó con los votos favorables del PP y del BLOC y la abstención de nuestro grupo municipal.

SUMA en ese momento nos informó de que no había inconveniente ni impedimentos económicos ni jurisprudenciales para la recaudación de esta tasa. El 27 de agosto de 2009 tiene entrada en este Ayuntamiento un escrito de REDTEL, Asociación de operadores de telecomunicaciones, solicitando la suspensión o paralización de esta tasa porque estas compañías ya estaban gravadas con el impuesto de actividades económicas y con la tasa de reserva de dominio público radioeléctrico. Finalmente REDTEL alega defectos o ausencia de acomodamiento al ordenamiento con motivo de oposición a la aprobación de la ordenanza. Después de diversas sentencias donde se da la razón a este Ayuntamiento para aplicar la tasa, una de ellas del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, el cual al poco tiempo varió su posición anulando parcialmente las ordenanzas. Pero el punto definitivo lo puso el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, el cual en su sentencia de 12 de julio de 2012, declaró que la Directiva comunitaria se opone a la aplicación de su canon a los operadores que sin ser propietarios de tales recursos los utilizan para prestar servicios de telefonía móvil.

En estos momentos existe ya doctrina jurisprudencial de nuestro Tribunal Supremo acatando aquello acordado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que considera que no procede esta ordenanza. 

Hemos de acatar y respetar la opinión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aunque no la compartimos, porque no ingresamos una tasa que a nuestro entender es conveniente ya que estas empresas se están aprovechando del suelo público para hacer su negocio, aunque estén pagando por la telefonía fija creemos que también deberían pagar por la móvil.

Nuestro voto será de abstención.

           

Debatido el tema, se pasa a la votación, siendo el resultado el siguiente:

 

VOTOS A FAVOR: 9 (PP)

VOTOS EN CONTRA: 0

ABSTENCIONES: 4 (BLOC-PSOE)

 

Queda aprobado este punto del orden del día por mayoría absoluta de los miembros asistentes, lo que representa la mayoría absoluta de los miembros que de hecho y derecho componen el Pleno del Ayuntamiento.

 

4)       Permuta de parcela municipal

 

DICTAMEN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS Y HACIENDA ADOPTADO EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 24 DE ENERO DE 2013

 

            La Comisión Territorial de Urbanismo, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2012, aprobó definitivamente el expediente 65/12 del Ayuntamiento de Modificación Puntual núm. 8  de las Normas Subsidiarias de Banyeres de Mariola, que contempla la modificación de la calificación de dos parcelas de suelo urbano, cambio de ubicación de zona verde y parcela industrial:

·        Parcela A, identificada como F-6, de superficie 1.153 m2, con calificación urbana según el artículo 159 de las NNSS del municipio, “Zona industrial de ordenación singular o por edificación aislada”, clave 6.2, y que se pretende modificar a Zona Verde, dotación pública, finca registral  núm. 14.216, de titularidad en pleno dominio en cuanto a un 33% cada una de las siguientes mercantiles: Deformac S.L., Promociones Avinguda del Tren S.L. y Lodges Promotes S.L.

Referencia catastral: 2688501YH0820N0001YS

·        Parcela B, identificada como Zona Verde, de superficie 1.024 m2, con calificación urbana según los artículos 78 a 80 del capítulo séptimo de las NNSS del municipio, “Uso dotacional de jardines y zonas verdes” y que se pretende modificar a parcela de uso industrial, clave 6.2., finca registral núm. 14.221, de titularidad en la totalidad en pleno dominio del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.

Referencia catastral: 2788801YH0820N0001PS

 

  Junto a la documentación técnica de esta Modificación Puntual se acompañaba propuesta de Convenio Urbanístico suscrito por el Ayuntamiento y las indicadas mercantiles en cuyas estipulaciones 2 y 3 se dice:

   2.-PERMUTA

    Una vez aprobada la Modificación Puntual del Planeamiento en el sentido antes apuntado, se procederá a la permuta de la parcela F-6 de la UE-V del Suelo Urbano Industrial, con una superficie de 1.153 m2, propiedad de las mercantiles Lodges Promote S.L., Promociones Avinguda el Tren S.L. y Deformac S.L. por la Zona Verde de titularidad Municipal con una superficie de 1.000 m2 (en realidad 1.024 m2)

   3.- OBRAS COMPLEMENTARIAS

    En compensación por la tramitación de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias  de Banyeres de Mariola planteada, las mercantiles antes citadas ofrecen al Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, la construcción a su cargo de una pista de pádel, en el lugar que el Ayuntamiento determine, según las especificaciones del anteproyecto que acompaña a la presente Propuesta de Convenio, valorada en VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS (24.675,00 €)

     Según Nota Simple Informativa del Registro de la Propiedad de Alcoi la finca registral núm. 14216, de titularidad de Deformac S.L., Promociones Avinguda el Tren S.L. y Lodges Promote S.L. tiene la afección, por reparcelación, al pago de los gastos de urbanización y otras cargas.

      Leído el escrito R.E. 2013000063, de 10-01-13, de Lodges Promote SL, donde se indica que la mencionada finca registral 14.216 no tiene deudas pendientes, correspondientes a la liquidación del saldo de la cuenta de liquidación provisional de la reparcelación.

      Leído el escrito R.E. 2013000093, de 14-01-13, suscrito por Armando Ferre Bodi al que se acompaña escrito suscrito por los representantes de Deformac S.L., Promociones Avinguda el tren S.L. y Lodges Promote S.L, ceden estas dos últimas a la primera todos los derechos y obligaciones que se desprenden del mencionado Convenio, quedando por tanto exentas del cumplimiento del mismo y recayente sobre Deformac SL la culminación del mismo en todos sus términos. 

     Consta en el expediente informe del Arquitecto Municipal Vicente Ferrero Punzano, en el que se indica que la finca registral núm. 14.216, de titularidad Deformac S.L., Promociones Avinguda el Tren S.L. y Lodges Promote S.L tiene un valor de 96.157,00 € y la finca registral núm. 14.221 de titularidad municipal, un valor de 120.832 €  y que la diferencia de 24.675,00 € equivale al valor de la pista de pádel a ejecutar, a costa de dichas mercantiles.  

     También consta en el expediente certificado del Interventor del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola en el que se indica que los recursos ordinarios del presupuesto anual de 2013 del Ayuntamiento, prorrogado el de 2012, ascienden a 5.688.588,00 €.

     El artículo 180 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, establece que la alteración  de la calificación jurídica y la afectación de los bienes al dominio público se produce automáticamente, entre otros supuestos, por la aprobación definitiva del planeamiento urbanístico.

        El Artículo 189 de la mencionada Ley establece que la permuta de bienes patrimoniales requerirá expediente en que se acredite la necesidad o conveniencia de efectuarla y la equivalencia de valores entre los bienes. La permuta podrá también efectuarse si la diferencia de valores entre los bienes no es superior al 50% del que tenga el valor más alto y se establezca la compensación económica pertinente.

       También indica, en su apartado 2, que las entidades locales podrán permutar bienes inmuebles patrimoniales a cambio de otros futuros, siempre que estos bienes sean determinados o susceptibles de determinación, sin necesidad de nuevo convenio entre las partes y conste racionalmente que llegarán a tener existencia.

       Será preciso, en todo caso, que el permutante preste aval suficiente por el valor del bien futuro, previa tasación pericial del mismo del técnico designado por la entidad local correspondiente. La cancelación del aval procederá cuando el bien futuro  tenga existencia real y se haya consumado la permuta.

        Por su parte, el artículo 191 de la repetida Ley dice que toda permuta de bienes inmuebles deberá comunicarse a la Conselleria competente en materia de administración local. Si su valor excediere el 25% de los recursos ordinarios del presupuesto anual de la Corporación requerirá, además, la autorización de aquella.         

        El artículo 80  del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, indica que la enajenación de bienes patrimoniales deberá realizarse por subasta pública. Se exceptúa el caso de enajenación mediante permuta con otros bienes de carácter inmobiliario.

        El artículo 112.2 del Reglamento de Bienes de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, establece, a su vez, que no será necesaria la subasta en los casos de enajenación mediante permuta con otros bienes de carácter inmobiliario, previo expediente que acredite la necesidad de efectuarla y que la diferencia del valor entre los bienes que se trate de permutar no sea superior al 40 por 100 del que lo tenga mayor.

      Y el 118 del indicado Reglamento que será requisito previo a toda venta o permuta de bienes patrimoniales la valoración técnica de los mismos que acredite de manera fehaciente su precio justo.

      De acuerdo con el artículo 22.q de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

 

Vista la propuesta de la presidencia, la Comisión especial de cuentas y hacienda por cuatro votos a favor, correspondientes a Ramón Albero Belda, Vicente Terol Figuérez, Jorge Antonio Payá Molina y Mª José Francés García del Grupo Municipal Popular; y dos abstenciones, correspondientes a Fernando Sempere Huertas del Grupo Municipal Socialista; y Juan Manuel Conejero Vañó del Grupo Municipal Bloc-Compromís, dictamina favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo al Pleno de la Corporación:

 

            PRIMERO.- Permutar la finca registral núm. 14.221, de titularidad en la totalidad en pleno dominio del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, y de carácter patrimonial, en virtud de la alteración automática de su calificación jurídica, por acuerdo de aprobación definitiva, por parte de la Comisión Territorial de Urbanismo, de la Modificación Puntual núm. 8  de las Normas Subsidiarias de Banyeres de Mariola, con la finca registral  núm. 14.216, de titularidad en pleno dominio de  Deformac S.L, por cesión de sus derechos por parte de Promociones Avinguda el Tren S.L. y Lodges Promote S.L.

       Y ello por la conveniencia de realizarla ya que se aumenta con esta permuta, dentro de los cómputos generales, la zona verde y se disminuye la superficie lucrativa con aprovechamiento y por tanto  la edificabilidad, además de obtener el municipio de Banyeres de Mariola una pista de pádel, y ser equivalentes los valores de los bienes a permutar.

 

            SEGUNDO.-  Esta permuta se consumará una vez entregada al Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, a su satisfacción, la pista de pádel construida, otorgando, en ese momento, la correspondiente escritura pública de formalización de la referida permuta.

 

            TERCERO.- Comunicar estos acuerdos a la Conselleria competente en materia de administración local.

 

            CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para que dicte las resoluciones y suscriba todos los documentos que se precisen para la efectividad de estos acuerdos.

 

No obstante, el Pleno del Ayuntamiento adoptará los acuerdos que considere convenientes.

 

Banyeres de Mariola, 24 de enero de 2013

El presidente

Ramón Albero Belda   

 

            Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Ramón Albero Belda, exponiendo que con la aprobación definitiva por la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante de la modificación puntual núm. 8 de las Normas Subsidiarias, que se publicó en el Boletín Oficial de la provincia el 2 de enero de este año, culmina el procedimiento que se inició con la aprobación por el pleno de este Ayuntamiento del 24 de octubre de 2011.

La modificación núm. 8, como se ha indicado en anteriores ocasiones, se trata de permuta y cambio de calificación urbanística de una parcela de titularidad municipal de 1.024 m2 de zona verde, por una parcela edificable de propiedad privada de 1.153 m2, ambas ubicadas en la Unidad de Ejecución núm. V.

Con este cambio de calificación urbanística la parcela resultante de titularidad privada queda unida a otras parcelas de los mismos propietarios, lo cual posibilita futuras ampliaciones para estas empresas, al disponer de una mayor superficie contigua.

 

Para el Ayuntamiento supone un aumento de superficie de zonas verdes, concretamente de 129 m2 y, a su vez, la unión de esta zona verde junto a otras zonas dotacionales del Ayuntamiento, ya que la parcela de titularidad municipal había quedado separada de otras parcelas municipales por el trazado de un nuevo vial.

Aunque esta permuta supone un incremento de zonas verdes públicas, y un mejor aprovechamiento por la unión a otras parcelas municipales, las empresas promotoras de esta modificación en compensación por los trámites administrativos se comprometen a la construcción de una nueva pista de pádel en el Polideportivo Municipal, con un presupuesto de 24.675 € más el IVA correspondiente.

De acuerdo con el convenio urbanístico presentado:

·       Las empresas promotoras se obligan a ejecutar las obras de construcción de esta pista en el plazo de seis meses, desde la fecha de formalización de la permuta planteada.

·       Las obras tendrán un plazo de garantía de 12 meses, a contar desde la recepción de obras por el Ayuntamiento.

·       El coste de ejecución de la pista de pádel será sufragado íntegramente por las empresas promotoras.

 

·       La supervisión y fiscalización de la obra será facultad del Ayuntamiento.

La permuta será efectiva una vez recibida por el Ayuntamiento la pista de pádel, de conformidad con las estipulaciones del convenio urbanístico, y se haya otorgado la oportuna escritura pública.

Esta permuta como hemos dicho aumenta las zonas verdes municipales, facilita el desarrollo de las empresas locales, cosa que siempre es necesaria, sobretodo en la situación actual, y aumenta las instalaciones del Polideportivo Municipal, sin coste para las arcas municipales.

El grupo popular votará a favor.

 

            Toma la palabra la Portavoz del Grupo Municipal Bloc-Compromís, Sra. Sonia Beneyto Ferre, indicando que según se les dijo en la Comisión de 24 de enero de 2013, la permuta para esta parcela se realizará después de que se construya una pista de pádel Como a nosotros no nos queda muy claro el tema de facturación y que todo el proceso pueda estar legalmente ajustado, y aunque pensamos que nuestros conciudadanos serán beneficiarios de esta permuta, nuestro voto será de abstención porque pensamos que este dinero se podría dedicar a otros asuntos que son prioritarios y deficitarios.

           

            Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Fernando Sempere Huertas, diciendo que por fin llega el final del expediente 65/12 de modificación puntual núm. 8 de las NNSS de Banyeres de Mariola, un final que hubiera podido llegar mucho antes si no hubiera sido por las veces que la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente por medio de la Dirección Territorial de Alicante, les ha hecho rectificar y enmendar algunas deficiencias que había en las permutas de las parcelas.

Creemos que si se hubieran hecho bien las cosas desde un principio ya tendríamos hecha la pista de pádel, pero su mala gestión ha ido retrasándola y esperar más tiempo del debido.

Deberíamos felicitar a los deportistas de pádel porque pronto tendrán una nueva pista, la tercera. A los practicantes de otros deportes que no tienen instalaciones adecuadas que esperen, porque el pádel es deporte mayoritario para este equipo de gobierno.

El Grupo Municipal Socialista dijo desde primer momento que los 24.675 euros que hay de diferencia entre las dos parcelas y que es lo que cuesta la pista de pádel se deberían invertir en otras obras y no en una pista de pádel, que ya hay dos. Se podría rehabilitar, por ejemplo, el edificio de la fábrica de papel de la estación que si no se invierte allí en poco tiempo desaparecerá, asfaltar algunas calles que realmente hace falta, cambiar luminarias para ahorrar energía o instalar el aire acondicionado en el Teatro Beneficiencia, Casa de Cultura, o suprimir barreras arquitectónicas para que los discapacitados puedan moverse por nuestras calles o edificios públicos.

Nuestro voto seguirá el mismo criterio que hemos tenido desde el principio de esta permuta de parcelas, será la abstención.

 

            El Sr. Albero, Portavoz del Grupo Popular quiere comentar que esta permuta es buena desde el primer momento, independientemente de que se haya tenido que modificar la forma geométrica de la parcela, que es lo que pidió Consellería, pero quiere recordar que el PSOE y el BLOC en las dos aprobaciones iniciales votaron a favor de esta permuta y no se abstuvieron.

 

            El Sr. Sempere responde que no está diciendo que no sea buena la permuta, la permuta es buena. Lo que no ve bien es que ese dinero se haya invertido en una tercera pista de pádel cuando ya había dos, se hubiera podido invertir en otros lugares donde haga más falta.

 

            El Sr. Alcalde le dice que el Sr. Sempere no es partidario del pádel.

 

            El Sr. Sempere indica que él es partidario de cualquier deporte, pero el pádel ya tiene dos pistas y otros deportes no tienen ninguna.

 

            El Sr. Alcalde responde que de pádel hay mucha demanda.

 

Debatido el tema, se pasa a la votación, siendo el resultado el siguiente:

 

VOTOS A FAVOR: 9 (PP)

VOTOS EN CONTRA: 0

ABSTENCIONES: 4 (BLOC-PSOE)

 

Queda aprobado este punto del orden del día por mayoría absoluta de los miembros asistentes, lo que representa la mayoría absoluta de los miembros que de hecho y derecho componen el Pleno del Ayuntamiento.

 

5)       Aprobación del concurso para la selección de Urbanizador para el programa de desarrollo y ejecución del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución IV de suelo urbano de uso industrial de las NNSS de Banyeres de Mariola

 

DICTAMEN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS Y HACIENDA ADOPTADO EN LA SESIÓN CELEBRADA EL 24 DE ENERO DE 2013

 

            Visto el expediente para el desarrollo del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución IV, del suelo urbano de uso industrial de las NNSS de Banyeres de Mariola.

 

Vista la normativa de aplicación, en especial los artículos 117 y siguientes de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana, y los artículos 266 y siguientes del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, de Ordenanción y gestión territorial y urbanística.

 

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 130.1 y 131 de la Ley 16/2005 y el artículo 281 del Decreto 67/2006, de 19 de mayo, al Pleno Municipal y vista la propuesta de la alcaldía, la Comisión especial de cuentas y hacienda por cuatro votos a favor, correspondientes a Ramón Albero Belda, Vicente Terol Figuérez, Jorge Antonio Payá Molina y Mª José Francés García del Grupo Municipal Popular; y dos abstenciones, correspondientes a Fernando Sempere Huertas del Grupo Municipal Socialista; y Juan Manuel Conejero Vañó del Grupo Municipal Bloc-Compromís, dictamina favorablemente la siguiente propuesta de acuerdo al Pleno de la Corporación:

 

            PRIMERO.- Acordar el inicio del procedimiento mediante gestión indirecta del desarrollo del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución IV, del suelo urbano de uso industrial de las NNSS de Banyeres de Mariola.

 

            SEGUNDO.- Aprobar las Bases Particulares para la programación de la Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución IV, del suelo urbano de uso industrial de las NNSS de Banyeres de Mariola, y acordar que rijan con carácter supletorio las Bases Generales recogidas en el Decreto 67/2006, de 19 de mayo.

 

            TERCERO.- Ordenar, de conformidad con lo que prevé el artículo 132 de la LUV, la publicación del correspondiente anuncio del concurso para la selección del Urbanizador en el Diario Oficial de la Unión Europea, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

            El anuncio del concurso no podrá insertarse en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana antes de la fecha en que se envíe el anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea, fecha que se hará constar en el primero a efectos del cómputo del plazo de tres meses de presentación de proposiciones.

 

No obstante, el Pleno del Ayuntamiento acordará lo que estime más conveniente.

 

Banyeres de Mariola, 24 de enero de 2013

El presidente

Ramón Albero Belda   

 

            Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Ramón Albero Belda, expresando que nos encontramos ante el inicio de un procedimiento para la selección de urbanizador para el desarrollo del Programa de Actuación Integrada (P.A.I.), de la Unidad de Ejecución IV, de las Normas Subsidiarias, mediante gestión indirecta.

Esta Unidad de Ejecución, en suelo urbano industrial, ubicada en la zona de Barraquetes,  y calificada como 6.1 de las NNSS, tiene una superficie de 25.929 m2, destinándose 6.572 m2 a viarios, y quedando una superficie de 19.357 m2, que aplicando el coeficiente de edificación neta de 0,7 m2/m2, resulta una superficie de 13.550 m2 edificables.

Es decir, la superficie edificable es del 70 %.

Según las Normas Subsidiarias las condiciones de edificación para esta calificación de 6.1, son como máximo una planta sobre rasante.

Altura máxima 8 metros.

La parcela mínima debe tener 300 m2, y se reservará una plaza de aparcamiento por cada 300 m2 de superficie construida.

Tal como explicó el Arquitecto Municipal, Sr. Vicente Ferrero, en la Comisión Especial de Hacienda del 24 de enero y como se indica en las bases particulares, entre otros, los objetivos de este PAI, son:

 

·       Urbanizar completamente la unidad de ejecución, previa gestión de la transformación jurídica de las fincas.

·       Realizar las conexiones de servicios de saneamiento a las instalaciones existentes en el cruce de la calle Sifons, separando las aguas pluviales de las de saneamiento, y mediante impulsión de las mismas.

·       Dotación de suelo de reserva para infraestructuras, que garanticen las conexiones eléctricas, así como conectar toda la urbanización a las redes de energía, comunicaciones y servicios públicos.

·       Ceder gratuitamente en el Ayuntamiento los suelos dotacionales públicos.

·       Y que el reparto de cargas y beneficios de la urbanización se realicen de forma equitativa entre todos los afectados.

En la situación económica actual, urbanizar esta unidad de ejecución favorece el desarrollo de las industrias locales, y por otro lado, el Ayuntamiento tiene la garantía de una correcta urbanización, ya que estará fiscalizada en todo momento por los servicios técnicos municipales.

El grupo municipal popular votará a favor.

 

Toma la palabra la Portavoz del Grupo Municipal Bloc-Compromís, Sra. Sonia Beneyto Ferre, diciendo que piensan que está muy bien que vayan desarrollándose las NNSS, concretamente la Unidad de Ejecución IV, pero ya que ocupa una gran extensión de terreno y que dentro hay diversos propietarios, pedimos que respeten en la medida de lo posible a todos ellos llegando a acuerdos para no desfavorecer a nadie. Así y todo nuestro voto será de abstención.

 

Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Fernando Sempere Huertas, indicando que en principio se trata únicamente de unas bases particulares para el desarrollo urbanístico de la Unidad de Ejecución IV, es decir que ya hay tres unidades de ejecución de suelo industrial hechas o en marcha. Nos sorprende que no exista una cesión del 10% del aprovechamiento gratuito a favor del Ayuntamiento a no ser que ya se haya realizado en alguna de las otras unidades de ejecución del PAI, y si es así en la Comisión de Hacienda pasada no nos informó el Arquitecto Municipal, bien por olvido o por omisión.

Donde tampoco vemos nada claro en la cláusula 15, criterios de adjudicación, es en la puntuación máxima que podrán obtener los aspirantes a urbanizador y que será de 100 puntos. El 40% será por la alternativa técnica y el 60% por la oferta económica. De esta forma ganará la más barata, no la de más calidad de urbanización y ordenación.  Sería preferible desde nuestro punto de vista que fuera al revés, que predominara la alternativa técnica y no la económica.

Y dentro de los 40 puntos máximo de la alternativa técnica que nos proponen en estas bases hay algo que no cuadra, yo he sumado todos los puntos que hay desde el apartado a) hasta el h) y da 38 puntos. ¿Dónde están los dos que faltan?.

El Grupo Municipal Socialista viendo las deficiencias que hay pide que estas bases se revisen y subsanen los errores de cuantificación de los 40 puntos por la alternativa técnica. Por todo ello nuestro voto será en contra de estas bases.

 

            Toma la palabra el Portavoz del Grupo Popular, Sr. Ramón Albero respondiendo que tiene entendido, y el Secretario lo podrá explicar, que en este tipo de PAI no corresponde la cesión del 10% de aprovechamiento para el Ayuntamiento. Si que hay una cesión de viales que está contemplada dentro de las bases. En cuanto a la suma de los criterios no lo he comprobado.

 

            Interviene el Sr. Sempere e indica que él ha estado comprobándolo y no.  Si quieren lo pueden examinar en la cláusula 15 donde dice “criterios de adjudicación, la puntuación máxima que podrán obtener los aspirantes a urbanizador será de 100 puntos que se asignarán siguiendo los siguientes criterios: a) la puntuación de la alternativa técnica será como máximo de 40 puntos de acuerdo con la siguiente distribución la a) 5 puntos,  la b) 2, la c) 3,  la d) 17,  la e) 4, la f) 3 la g) 2, la h) 2.” A mí me salen 38 puntos, no 40. Por tanto faltarían 2 puntos.

 

            El Sr. Alcalde propone que se retire el punto y se deje para otra sesión.

 

            El Sr. Sempere dice que sí, pide que se retire para que quede claro, porque en este momento hay dos puntos que no cuadran.

 

Se pasa a la votación para dejar sobre la mesa este punto del orden del día, siendo el resultado el siguiente:

 

VOTOS A FAVOR: 13 (PP- BLOC-PSOE)

VOTOS EN CONTRA: 0

ABSTENCIONES: 0

 

Queda aprobado por unanimidad dejar este punto del orden del día sobre la mesa.

 

6)       Moción del Grupo Municipal Socialista para la prórroga del Plan Prepara

 

            El Secretario indica que hay un escrito presentado por registro de entrada el 29 de enero por el Grupo Municipal Socialista que pide la retirada de este punto del orden del día.

 

            El Portavoz del Grupo Socialista, Sr. Fernando Sempere Huertas, quiere explicar que el pasado viernes el Consejo de Ministros prorrogó el Plan Prepara, por tanto no procede esta moción.

 

 

7)       Moción del Grupo Municipal Bloc-Compromís sobre la seguridad en los centros escolares

                

Toma la palabra la Portavoz del Grupo Municipal Bloc-Compromís, Sra. Sonia Beneyto Ferre, exponiendo que los hechos ocurridos el pasado jueves día 10 de enero en el Colegio de Primaria La Hispanidad de Santa Pola, han de sumarse a los hechos que en tan sólo 3 meses ha habido 3 casos similares al de Santa Pola, como el caso del CEIP Carlos Sarthou de Vila Real, el IES Lluís Vives de Valencia y el IES Rei Jaume I de Alzira.

Además, hemos sabido que la Conselleria de Educación no tiene técnicos propios de prevención de riesgos que puedan evaluar el estado de los centros educativos. Así desde el 2012, los 20 técnicos del servicio de prevención de riesgos de la Consellería de Educación pasan a ser del INVASSAT (Institut Valencià de Seguretat i Salut en el Treball).

Antes que eso pasara, los inspectores hicieron más de 200 documentos acreditando deficiencias en los centros educativos valencianos e instaron a la administración a tomar medidas.

Actualmente se desconoce cuales son los centros que presentas estos problemas así como su magnitud.

Por todo ello proponemos al Pleno los siguientes ACUERDOS:

 

·         El Pleno del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola acuerda solicitar al Consell de la Generalitat Valenciana que vuelva a incorporar los técnicos de prevención a la Consellería de Educación, Cultura y Deportes, actualmente adscritos al INVASSAT para garantizar la seguridad en los centros educativos de nuestro municipio.

·         El Pleno del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola acuerda solicitar a la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, una inspección técnica de todos los centros educativos de nuestro municipio, con el fin de certificar y garantizar su buen estado.

·         El Pleno del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola acuerda solicitar a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, información sobre si en los informes de los técnicos que acrediten deficiencias en los centros educativos valencianos, consta alguno de nuestro municipio.

·         El Alcalde rendirá cuentas de estos acuerdos en el próximo pleno ordinario que se celebre.                                                                                                                                                                                                                                                                                               

 

Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Ramón Albero Belda, diciendo que el Grupo Bloc-Compromís presenta al Pleno una moción que podría haberse tratado con anterioridad, como en otras ocasiones, en Junta de Portavoces y posiblemente hubieran llegado a un acuerdo para presentarla conjuntamente los tres grupos municipales, aunque modificando algunos apartados que indicaré a continuación.

En el punto primero de la moción, se solicita que vuelva a incorporar los técnicos de prevención, dice que vuelvan del INVASSAT a la Conselleria.

Pues bien, el equipo de gobierno considera que la adscripción de los técnicos y del resto de personal del Consell a los diferentes departamentos forma parte de la potestad organizativa de este organismo,  por el que no nos corresponde a nosotros decir si deben estar los técnicos en un departamento u otro.

Lo importante es que los técnicos hagan su trabajo, hagan sus correspondientes inspecciones, independientemente de donde estén adscritos.

En el punto dos de la propuesta de acuerdos de esta moción se solicita que la Conselleria de Educación, Cultura y Deportes realice una inspección técnica de todos los centros educativos de nuestro municipio, para certificar y garantizar su buen estado.

Pues bien, esto ya fue aprobado por el pleno del Consell el 11 de enero de este año, que se celebró en Alicante, y que fue corroborado por el vicepresidente Sr. Císcar, en la rueda de prensa posterior, indicando que se iban a inspeccionar todos los centros educativos de la Comunidad Valenciana. Por tanto, existe el compromiso del Consell para inspeccionarlos todos, y por consiguiente, también los de nuestro municipio.

En cuanto al punto 3 de su moción estamos totalmente de acuerdo, ya que lo que nos concierne a Banyeres es que nuestros centros educativos estén en perfectas condiciones de seguridad. Por tanto, el equipo de gobierno se compromete a solicitar de forma inmediata a la Conselleria, información sobre si hay informes técnicos de inspección de nuestros centros y, en caso afirmativo, si constara alguna deficiencia.

Como hemos expuesto en esta moción hay dos propuestas de acuerdos que entendemos no ha lugar, una porque no nos corresponde a nosotros y otra porque ya ha sido objeto de aprobación por el Consell, motivos por los que el grupo popular votará en contra de esta moción.

 

Toma la palabra el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Sempere, diciendo en primer lugar que está de acuerdo con el Portavoz del PP cuando dice que se hubiera podido llegar a un consenso entre los tres grupos municipales para presentar la moción que presenta el Bloc. Eso no quiere decir que no estemos de acuerdo con la moción que presenta el Grupo Municipal Bloc-Compromís. Simplemente le diría a la Sra. Portavoz que los puntos 2 y 3 a su parecer son un poco contradictorios, por tanto ellos lo hubieran fusionado en un punto, únicamente para decir que se haga una inspección técnica de todos los centros de nuestro municipio y si hay deficiencias subsanarlas.

Si hubiéramos llegado a un acuerdo en una Junta de Portavoces en este punto, hubiéramos podido llevar la moción adelante. En este caso nosotros continuamos apoyando la moción del Grupo Municipal Bloc-Compromís.

 

Debatido el tema, se pasa a la votación, siendo el resultado el siguiente:

 

VOTOS A FAVOR: 4 (BLOC-PSOE)

VOTOS EN CONTRA: 9 (PP)

ABSTENCIONES: 0

 

No se aprueba este punto del orden del día por mayoría absoluta de los miembros asistentes, lo que representa la mayoría absoluta de los miembros que de hecho y derecho componen el Pleno del Ayuntamiento.

 

8)       Despachos extraordinarios

 

El Sr. Alcalde pregunta si hay algo, respondiéndole los Portavoces de los Grupos Municipales que no, por lo que se pasa al siguiente punto del orden del día.

 

9)       Ruegos y preguntas

 

El Sr. Alcalde pregunta si alguien quiere hacer algún ruego o pregunta.

 

Interviene el Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Fernando Sempere Huertas, indicando que en primer lugar quiere denunciar los vertidos incontrolados que se producen del Matadero Municipal a la vía pública. Diversos días a la semana sale un río de agua mezclado con sangre y otras sustancias llegando a vertirse a la acequia de riego, causando desagradables y molestos olores e impregnando las ruedas de los coches de los vecinos que transitan por esa calle y por tanto arrastrando esa agua más adelante.

Pedimos que tan rápido como sea posible se solucionen estos vertidos incontrolados. Hace por lo menos dos semanas atrás, no todos los días, pero a lo mejor un día o dos a la semana, cuando matan o no sé cuando, porque no tengo claro los días que hay matanza, pero sobre todo al medio día sobre las tres y a las ocho de la noche, a veces baja un río de sangre por la calle porque se ve claramente que es sangre y va a caer precisamente a la acequia de riego. Yo trabajo allí y lo veo claramente, el primer día que lo vi dije no sería, pero lo vi varios días más.

 

 

El Sr. Alcalde responde que él no tenía conocimiento de eso.

 

El Sr. Sempere dice que no sabe cómo, pero salen vertidos de allí cuando no deberían.

 

Responde el concejal delegado de Sanidad, Sr. Jorge Antonio Payá Molina, indicando que allí hay una base de depuración previa por decantación porque ellos tienen que separar esos residuos.

Bajo del muelle de carga tienen una base de depuración con varios depósitos y debe ser que han superado la última y regularmente va una empresa a vaciarlo. Si no se han dado cuenta y lo ha superado sale hacia fuera.

 

El Sr. Sempere quiere preguntar con qué presupuesto cuenta la concejalía de Fiestas para celebrar la Asamblea Nacional de la UNDEF y qué aportación económica hace la UNDEF para celebrar su Asamblea nacional en Banyeres de Mariola. Lo pregunté en la Comisión de Fiestas anterior, pero no lo sabían todavía porque no tenían los contratos con las bandas y porque no lo tenían claro, pero la asamblea de la UNDEF es dentro de una semana o dos y supongo que ya lo tendrán claro. Si nos lo pueden decir bien y si no esperaremos.

 

Responde la concejala delegada de Fiestas, Sra. Mª Jesús Montava Ferre, aclarando que el presupuesto que tiene el ayuntamiento para celebrar la asamblea es el coste de las bandas de música, y como miembro de la banda de música sabrá el contrato como está.

 

El Sr. Sempere contesta que sabe lo de la suya.

 

 

La Sra. Montava le dice que los contratos de las dos bandas son iguales, ninguna tiene ni más ni menos, por tanto el coste es el de las bandas de música y el almuerzo que se hará para los que salgan en una diana que se va a hacer.

La gente de la UNDEF que viene de fuera se costea todos los gastos de alojamiento, cena y comida. La gente que pernocta en Banyeres se paga los gastos particularmente.

 

El Sr. Sempere pregunta qué aportación hace la UNDEF a esos gastos.

 

La Sra. Montava contesta que ninguna, en ningún pueblo se ha hecho ninguna aportación, siempre son los pueblos los que se brindan a hacer la asamblea.

 

El Sr. Sempere dice que piensa que es la Asamblea nacional de la entidad y debería aportar algo para los gastos.

 

La Sra. Montava le indica que en la Comisión de Fiestas lo preguntó y le contestó lo mismo.

 

El Sr. Sempere dice que le contestó que no lo sabía y lo pregunta de nuevo por ver si sabía algo más o había intentado sacarle algo más a la UNDEF.

 

 

El Sr. Alcalde indica que hay que tener en cuenta que todo el dinero que va a gastarse el Ayuntamiento queda dentro del pueblo porque si se paga el almuerzo y las bandas de música queda en el pueblo. Los ingresos aparte de la promoción turística que tendrá Banyeres porque ya parece que hay reservas en todos los alojamientos para el fin de semana de la asamblea de la UNDEF. Habrá unos ingresos, aparte del reconocimiento turístico del pueblo.

 

La Sra. Montava indica ella invita a la gente a que vaya a la Asamblea de la UNDEF y por lo menos que sepa lo que es la asamblea porque la gente no tiene ni idea de lo que es la UNDEF. Usted que está en la Comisión de Fiestas sabe que lo he recalcado muchas veces, y a mí me gustaría que el que sea festero y tenga un poco de curiosidad que se acercara. Por otra parte conforme ha dicho el Alcalde yo pienso que ese fin de semana yo invitaría a toda la gente que salga a la calle porque aparte de la UNDEF tenemos una prueba de Duatlón o Triatlón y Banyeres estará llena de gente de fuera y cree que es muy bueno para el pueblo.

 

El Sr. Sempere agradece su contestación porque por el pueblo corre la voz de que habrá mucho gasto y por qué tienen que pagar los ciudadanos de Banyeres la asamblea a toda la gente que viene de fuera… Le agradezco su aclaración, mas que nada la pregunta iba por ahí. 

 

La Sra. Montava dice que también lo ha oído y por eso siempre que se lo preguntan procura aclararlo, pero piensa que habrá más beneficios que perjuicios para el pueblo.

 

El Sr. Sempere dice que no lo duda en ningún momento, por eso ha hecho las preguntas.

 

El Sr. Alcalde repite que el dinero se quedará en Banyeres, no se irá fuera.

 

El Sr. Sempere quiere preguntar también que vista la programación cultural de enero, febrero, marzo y abril editada por la Concejalía de Cultura nos llama mucho la atención que la gala de los alumnos de 2º de BAT del IES Manuel Broseta a beneficio del viaje de fin de curso con la actuación de Xavi Castillo, sea con entrada libre. ¿Podría decirnos eso cómo se come? Si es entrada libre ¿cómo puede ser a beneficio del viaje de fin de curso? ¿Qué beneficio tienen los chavales si no cobran entrada?  ¿Quién paga a Xavi Castillo, la concejalía de cultura o los chavales? Nos gustaría que nos diera una explicación.

 

Responde la concejala delegada de cultura, Sra. Mª José Francés García, indicando que el Sr. Sempere tiene muchas dudas. Es un error, se pondrán carteles subsanando el error y poniendo el precio de la entrada y será a favor del IES, para el viaje de fin de curso. 

 

El Sr. Alcalde pregunta si el precio lo ponen ellos.

 

La Sra. Francés le dice que el precio es el que pone él porque lo organizan ellos. A Xavi Castillo le pagan ellos porque lo contratan ellos. Nosotros lo que hemos querido hacer es una gracia haciendo la propaganda, pero por un error tipográfico nos ha salido mal.

 

El Sr. Sempere responde que le parece muy bien pero ese error le hubiera podido costar porque yo me presento allí y me hacen pagar y digo que ahí pone que es entrada gratuita.

 

La Sra. Francés indica que lo subsanarán, pondrán unos carteles y cobrarán la entrada.

 

El Sr. Sempere ruega que la próxima vez vayan con más cuidado porque eso puede causar algunos malentendidos.

 

El Sr. Sempere dice también que esta misma semana han conocido a través de los medios de comunicación las intenciones del nuevo conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana, Manuel Llombart, en relación con el futuro de las urgencias nocturnas de salud que actualmente están operativas en la Comunitat Valenciana, y que en el caso de municipios de la provincia de Alicante donde este servicio llega a la cifra de 41. El conseller avanzó la intención de su departamento de estudiar el mantenimiento de este servicio de urgencias que da servicio a miles de ciudadanos y ciudadanas en nuestra provincia, bajo los criterios de número de afluencia y de proximidad a los centros hospitalarios, mostrando la posibilidad de eliminar todos aquellos centros que se encuentran a una determinada distancia de hospitales. A pesar de no conocer los criterios cuantitativos que la medida contemplaría, de sus palabras afirmó que los centros que estuvieran a una hora se mantendría el servicio, se desprende la posibilidad más que probable que la gran mayoría de urgencias nocturnas se quedaran fuera, ya que en todas las comarcas hay hospitales y en pocos puntos de la provincia el tiempo de llegada a un hospital público supera una hora, como es nuestro caso. De confirmarse estas intenciones que fueron ratificadas un día después en una reunión del Conseller con los representantes de los Colegios Farmacéuticos de la Comunitat Valenciana, supondría en la práctica dejar desatendidos a miles de ciudadanos y ciudadanas que merecen una atención sanitaria de urgencias independientemente del momento del día y del lugar donde residan. Por tanto, preguntamos al concejal de Sanidad ¿qué nos puede decir de este tema, y si las urgencias de nuestro centro de salud están afectadas o no?

 

El Sr. Alcalde dice que no tienen conocimiento de nada.

 

El concejal delegado de Sanidad, Sr. Jorge Antonio Payá Molina, dice que no sabe nada. Si que en localidades como Biar, La Canyada, Camp de Mirra… se ha suprimido y tienen que ir al Centro Integrado de Villena, pero de Banyeres no se ha dicho nada.

 

El Sr. Sempere le responde que en sus declaraciones el conseller dijo que todos los centros que estuvieran a menos de una hora de un hospital se estudiaría la posibilidad de cerrarlos a partir de las ocho de la noche, yo quisiera saber si ustedes saben algo o no de si estamos afectados.

 

El Sr. Payá dice que a fecha de hoy no están afectados.  Si que se ha comentado el tema en poblaciones pequeñas, pero no en el caso de Banyeres de Mariola.

 

El Sr. Sempere expresa que su preocupación era esa, que al estar a menos de una hora del hospital si estaríamos afectados o no.

 

El Sr. Ramón Albero Belda, Portavoz del Grupo Popular, indica que parece ser que uno de los criterios es la distancia, pero parece que también se tiene en cuenta los habitantes, por lo que hay algunos municipios que sí estarían en ese caso. Y otros más grandes, como Banyeres, que no.

 

El Sr. Sempere dice que más que nada es para tranquilizar un poco también a la gente porque ven en la televisión el tema de Castilla la Mancha y enseguida se alarman.

 

El Sr. Payá indica que, en cualquier caso, se tendrá en cuenta el número de habitantes de las poblaciones donde se presta el servicio.

 

Y sin más asuntos que tratar, el Sr. Alcalde levanta la sesión, en el día de la fecha indicada cuando son las veinte horas y cincuenta y cuatro minutos, de lo cual como Secretario doy fe.

 

 

EL ALCALDE                           EL SECRETARIO

Ajment. de Banyeres de Mariola. 2013